Compartimos a continuación un tutorial elaborado por el Poder Judicial de la Nación en el cual se detalla paso a paso la forma de consultar notificaciones electrónicas como también la forma de generarlas.
Es importante destacar que desde la implementación del sistema, ya no se confeccionan cédulas en papel. Es posible que haya excepciones en casos muy puntuales, pero poco a poco ya dejarán de realizarse definitivamente.
No obstante, los peritos que han puesto en práctica la emisión de las cédulas han encontrado dificultades a la hora de enviarlas sin poder identificar aún la razón por la que el botón se encuentra inhabilitado. Y esto sucede aún cuando se ha denunciado domicilio electrónico. Aparentemente no nos consideran "parte interviniente" en el proceso judicial, situación que ha de solucionar cada Juzgado al ingresar los datos de la causa.
Compartimos a continuación una captura de pantalla a modo de ejemplo.
Ni bien podamos tener conocimiento de la razón actualizaremos el presente post con toda la información sobre el tema.
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1 comentarios:
Buenos días.
El lunes 6/3 presenté un informe pericial en el fuero comercial. LLevé 4 copias (una para cada parte, una para el juzgado y otra para mí) y sólo me recibieron 2, porque yo tendría que presentar en forma electrónica (cosa que hice) y se notificarían las partes de ese modo. Ayer veo por internet un escrito donde se me aplicaría el art. 120 del cpcc, es decir, se tendría por no presentado el informe si dentro de 2 días no presento las copias...¿¿¿¿¿¿?????? ¿A alguien le sucedió? ¿Qué se hace en este caso? Aclaro que constituí domicilio electrónico tanto por presentación de escrito en juzgado como informático
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