Tradicionalmente cuando necesitábamos autorizar a alguien para hacer determinadas tareas como tomar vista del expediente, dejar nota, sacar fotocopias, retirar cédulas, retirar copias de escritos y cualquier otro trámite necesario para el impulso de las actuaciones, lo hacíamos simplemente presentando un escrito en el que informamos su nombre y adicionalmente la descripción de estas acciones.
No obstante, con la implementación de las notificaciones electrónicas, resulta necesario poder ahora habilitar a las personas autorizadas a efectos de que puedan tomar vista de los expedientes y realizar ciertas tareas como confeccionar cédulas, subir escritos, etc.
Así, el sistema del Poder Judicial de la Nación contempla la posibilidad de designar usuarios autorizados en cada una de las causas en las que hayamos sido designados. Los pasos son muy sencillos y los describimos a continuación:
4) Luego, en la esquina superior izquierda visualizaremos el botón Autorizados con tres opciones de autorización: "Por persona", "Por expediente", "Masivo".
5) Por ejemplo, en el caso de autorización "Por persona" al presionar el botón "Nuevo" podremos ingresar los datos del Autorizado. Es importante tener presente que el sistema nos permitirá ingresar el CUIT y el resto de los datos nos lo traerá inmediatamente después de haber haber presionado el botón "Validar". Cada opción mostrará distintas pantallas, no obstante el procedimiento es bastante intuitivo.
7) A partir de ese momento cuando el autorizado ingrese al sistema, podrá visualizar las notificaciones resaltadas en color amarillo como lo haría el Autorizante.
8) Es importante destacar que el usuario Autorizado podrá generar nuevas cédulas en los expedientes en los que haya sido autorizado. Pero dada esa condición, no podrá enviarlas, solo guardarlas en su perfil o en el perfil del Autorizante. También podrá subir los escritos a presentar.
Como es de público conocimiento, poco a poco nos estamos interiorizando con el sistema. A simple vista resulta ser algo muy sencillo y la idea es poder facilitar el trabajo a quienes por razones de diversa índole trabajan en forma conjunta con otros profesionales. Aún así es importante recordar que los peritos deben actuar en forma estrictamente personal en la totalidad de los trámites que se realicen en las causas donde hayan sido designados o resulten designados en el futuro..." (Acta Nº 2150 de la CNAT, de fecha 12-4-94).
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