El perito puede solicitar licencia para ejercer como tal, pero siempre debe estar debidamente fundada y debe presentarla tanto en los expedientes donde se encuentra actuando, como en las Cámaras de Apelaciones donde se encuentra inscripto.
Todo pedido de licencia que exceda los treinta días hábiles, o un máximo de dos solicitudes durante el mismo año, será considerada renuncia, salvo enfermedad que impida continuar con la función.
1 comentarios:
Me estoy iniciando como perito y hoy me ha llegado mi primera cédula notificando que he sido sorteado para actuar como perito.
Hace tiempo reviso la página para estar mejor preparado cuando llegase el momento.
Me llega esta notificación justo cuando estoy saliendo de viaje por otros temas y no podre ocuparme de la pericia. Debo aceptar el cargo y pedir licencia? O debo presentar escrito excusandome? O al no ir a aceptar el cargo me dan de baja y sortean a otro perito?
Muchas gracias por la ayuda!
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